Deudores alimentarios no podrán realizar trámites, entre ellas, la licencia de conducir

Con la operación del nuevo Registro de Deudores Alimentario Morosos de Yucatán, las personas que aparezcan no podrán realizar varios trámites, como la renovación de la licencia de conductor, entre otros.

Este listado es de carácter público y aparecen todas las personas que no hayan cumplido con el pago de la pensión correspondiente a su familia, la única forma que se les deje hacer estos trámites es pagando el monto debido.

Quienes deseen enlistar a un deudor lo podrán hacer presentando la siguiente información:

  1. Nombre completo del deudor alimentario moroso
  2. Clave Única del Registro de Población (CURP)
  3. Dirección de su domicilio, nacionalidad, profesión u oficio.
  4. Nombre del acreedor o acreedores alimentarios
  5. Monto del adeudo alimentario
  6. Órgano jurisdiccional que ordena su registro
  7. Numeración del expediente o causa de la que derive su inscripción.

También, los deudores que cumplan con el adeudo del monto debido podrán solicitar la cancelación del registro ante el mismo juez que lo ordenó.

Esta nueva medida de presión y sanción abarca que estén excluidos del padrón de proveedores del Gobierno, así como la cancelación de los beneficios que puedan tener de las autoridades, como contratos y obras que tengan con la administración del estado.

Otra medida que se les aplicará es que “el deudor alimentario moroso no podrá tramitar o renovar su licencia de conducir ni acceder a beneficios económicos otorgados por el Ejecutivo del Estado por decreto, mientras siga inscrito en el registro de deudores morosos de Yucatán”.

“Lo anterior salvo que se demuestre que la licencia de conducir es una herramienta indispensable de trabajo para solventar las obligaciones alimentarias; además, en caso de reincidencia el deudor no podrá acceder a estas excepciones y salvedades señaladas en la reglamentación que entró en vigor”.

Con información de Novedades

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