Con una votación unánime, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto, criterio que será obligatorio para todos los jueces de México.
El Pleno de la SCJN reinició este martes la discusión sobre la penalización del aborto en Coahuila en la que ya ocho ministros se habían pronunciado ayer por declarar inconstitucionales este tipo de medidas.
Hoy, tres de los 11 ministros emitieron su pronunciamiento sobre la propuesta de Luis María Aguilar Morales de declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que penalizaba el aborto con hasta 3 años de cárcel.
Con los ocho votos anunciados este lunes era suficiente para declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establece penas de hasta tres años de cárcel a las mujeres que se practican abortos de manera voluntaria.
Día histórico para las todas mujeres, sobre todo para las más vulnerables. Se termina de tajo con la injusta criminalización de la mujer. Nunca más una mujer en prisión por ejercer sus derechos.
Un abrazo a todas las que con su lucha de años han hecho esto posible. pic.twitter.com/DJEli3NZHo— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) September 7, 2021
La Corte emitió esta declaración al resolver la acción de inconstitucionalidad presentada por la extinta Procuraduría General de la República (PGR hoy FGR) contra el Código Penal de Coahuila, por lo que la resolución dictada por los ministros tiene como efecto la eliminación del artículo 196 que prevé hasta tres años de cárcel a las mujeres que se practican abortos de manera intencional.
El proyecto fue realizado por el ministro Luis María Aguilar Morales quien lo presentó ante el Pleno este lunes y al inicio de su exposición aclaró que su propuesta no trata de defender el derecho al aborto sino el derecho de la mujeres a decidir libremente sobre su vida.
Con información de El Universal